Declaración responsable del promotor: primeros meses de aplicación

Publicado el día 13/04/2021

Como ya comentamos en un artículo anterior la modificación de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que entró en vigor el pasado mes de noviembre, permite solicitar una declaración responsable en detrimento de otro tipo de licencias como la de primera ocupación o de obras menores.

Los objetivos que se pretendían lograr con la aprobación de esta ley eran los de reactivar la economía y reducir la burocracia para atraer inversión a la Comunidad de Madrid. Y según confirman promotores y constructores desde APCE (Asociación de Promotores Constructores de España) parece que está funcionando realmente bien. En algunos casos los plazos para conceder las licencias se han reducido de meses a tan solo unos días.

Declaración responsable.

La declaración responsable es un documento, con el que no es necesario solicitar la licencia de primera ocupación ya que la sustituye con todos los mismos derechos.

En este pliego presentado por el promotor se adjunta toda la información necesaria según la Ley. Y el promotor se responsabiliza de la correcta ejecución del inmueble y se ajusta al proyecto presentado y aprobado por el Ayuntamiento de Madrid.

Hasta ahora y según Asprima (Asociación de promotores de Madrid) no se ha producido un importante aumento con respecto a las solicitudes de la licencia de primera ocupación.

Su principal ventaja radica en que los propietarios pueden entrar en sus viviendas con una media de tres meses antes que con el sistema de licencia de primera ocupación.

Desde APCE ponen de manifiesto que antes de la reforma el comprador de la vivienda podía esperar entre tres y cuatro meses desde que su vivienda de obra nueva estaba finalizada hasta que conseguía la licencia de primera ocupación. Con la nueva normativa este trámite se puede realizar casi inmediatamente. Y no por ello la Administración pierde su capacidad para certificar que el proyecto cumple con el que se presentó y fue aprobado por el Ayuntamiento de Madrid.

Por ello se valora muy positivamente su puesta en marcha ya que la entrega de las viviendas a los compradores se ha dinamizado de manera notable.

Los tipos de licencia.

La nueva ley de modificación de la Ley del Suelo impulsada desde la Comunidad de Madrid suprimió las licencias de obras.

También eliminó las licencias para obra nueva y de reforma integral y la posterior licencia de primera ocupación, a la que especialmente hacemos referencia en este artículo.

Y sigue dejando sujetos a licencia urbanística los movimientos de tierra, las intervenciones en edificaciones protegidas o la ubicación de vivienda prefabricada, entre otros tipos de licencia.

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