Hoy os vamos a hablar de la nota de encargo, que también recibe el nombre de contrato de intermediación inmobiliaria.
Es un documento en el que se recogen las cláusulas y las condiciones del encargo que hace un cliente, el vendedor de la vivienda, a la agencia o agente inmobiliarios para que se haga cargo de la venta o alquiler de una vivienda.
De esta nota de encargo aparecen unas obligaciones y responsabilidades para las partes que intervienen:
La hoja de encargo inmobiliaria tiene como objetivo ofrecer una serie de garantías para que la compraventa o alquiler se lleve a cabo y no surjan problemas que puedan afectar a alguna de las partes.
Nota de encargo vs hoja de control de visitas.
Hemos de tener en cuenta que los honorarios que va a cobrar la agencia inmobiliaria se cobrarán cuando exista la nota de encargo firmada por el vendedor. Como hemos visto la relación contractual es entre la agencia inmobiliaria y el vendedor. Y no el comprador.
A veces existe cierta confusión entre qué es la nota de encargo y qué es la la hoja de control de visitas que utilizan las agencias.
La hoja de control de visitas tan solo sirve para demostrar al vendedor que la agencia ha llevado a cabo gestiones para la venta de la vivienda. Y no compromete al comprador para el pago de honorarios, ya que relación contractual es con vendedor
¿Qué debe incluir una nota de encargo?
- Datos de los titulares reales de la vivienda que se quiere vender o alquilar.
- Identificar la vivienda que es objeto de la Nota de Encargo.
- Los datos de la Agencia o del agente inmobiliario.
- El precio de venta de la vivienda. Si se modifica el precio debe quedar recogido en una nota de encargo.
- Honorarios de la agencia
- Duración del encargo.
Todo debe quedar recogido de la manera más clara posible. Y sobre todo, no os olvidéis de que ambas parten deben firmar la nota de encargo.
¿Es obligatorio realizar la nota de encargo?
Puede que encuentres a alguna agencia o agente inmobiliario que no realice la hoja de encargo inmobiliaria. Sin embargo, has de saber que estará incumpliendo la ley y que no resultará muy seguro para los clientes realizar un acuerdo.
La ley 18/2007 de 28 de diciembre, del Derecho a la vivienda en el artículo 55 es clara a este respecto:
“Antes de iniciar una oferta de un inmueble, suscribir con los propietarios de viviendas que les encomienden la transacción de una vivienda una nota de encargo que les habilite para hacer su oferta y la publicidad inmobiliaria, para percibir cantidades o para formalizar con terceros cualquier precontrato o contrato.”
¿Qué tipos de notas de encargo existen?
Los tipos de notas de encargo inmobiliarias que existen son:
Nota de encargo de venta en exclusiva.
La nota de encargo de venta en exclusiva es cuando una única agencia o agente inmobiliario detenta la potestad de vender la vivienda encargada.
En este caso, ni si quiera los propietarios de la vivienda pueden vender su propia residencia durante un determinado plazo de tiempo recogido en la nota de encargo.
Ha de quedar expresado en el propio contrato esta condición, redactando una cláusula en la nota de encargo.
Nota de encargo de venta sin exclusiva.
Es cuando no se hace mención expresa a esta cláusula de exclusividad. En este caso la cláusula de exclusividad no aparece en la nota de encargo y el resto de la nota es exactamente igual a la anterior.
Este tipo de nota de encargo permite al vendedor contratar los servicios de todos las agencias inmobiliarias o agentes inmobiliarios que considere oportunos.
Para concluir este artículo lo que nos debe quedar claro es que la nota de encargo es un instrumento que debe servir para ofrecer una mayor seguridad a ambas partes, tanto al vendedor como a la agencia y poder así desarrollar la venta de la vivienda en condiciones de eficiencia y confianza.